Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL


420
Legislatura: 1869-1871 (Cortes Constituyentes de 1869 a 1871)
Sesión: 30 de junio de 1869
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Respuesta al Sr. Sánchez Borguella, al Sr. Montero Telingue, al Sr. Orense
Número y páginas del Diario de Sesiones: 114, 3.348
Tema: Supresión de presidios

El Sr. Ministro de la GOBERNACIÓN (Sagasta): Una de las razones que ha habido para la supresión de muchos presidios, y la refundición de otros, ha sido esa precisamente. Hay poblaciones, entre ellas Badajoz, y siento decirlo, en que el presidio hace que la industria particular esté perjudicadísima por los efectos que se elaboran en el presidio.

Ya ve, pues, el Sr. Orense que se han tenido en cuenta las justísimas observaciones de S. S. al adoptarse esa medida.

Pero el Sr. Borguella supone que ha podido dejarse el presidio de Badajoz, porque creía que habría una economía conservándole; y yo, para contestarle, sólo le dirigiré una pregunta: ¿cree el Sr. Borguella que es más económico tener dos presidios, uno en Badajoz y otro en Valladolid, que refundir los don en uno y que sólo exista el de Valladolid? Aunque la manutención de cada presidiario en Badajoz cueste seis céntimos menos que en Valladolid, ¿cree S. S. que costará menos la conservación de dos presidios que la supresión del de Badajoz y la conservación del de Valladolid?

Pero además de eso, hay otra consideración que hay que tener muy en cuenta. Según la contrata celebrada en el de Badajoz, cada presidiario cuesta seis céntimos menos que en Valladolid. Eso es cierto, pero eso es debido a circunstancias extraordinarias; a que cuando se celebró la contrata para Valladolid había habido en Castilla una mala cosecha, y resultó mejor el precio de la manutención de cada penado. Pero mañana puede suceder la contrario, y puede aumentar la manutención de cada presidiario en Badajoz más que cuesta en el de Valladolid: puede la contrata de Valladolid salir más barata que la de Badajoz; de modo que eso no es una razón sino un accidente que depende del precio de los artículos de primera necesidad, y no destruye, de ninguna manera, la razón económica que ha habido para adoptar la medida general.

Aquí el argumento es muy sencillo: dos presidios reunidos en Valladolid, donde hay un magnífico edificio, en una población sana y barata, ¿costará menos que dos presidios separados, uno en Badajoz y otro en Valladolid? Las razones de economía y todas las demás razones vienen aquí a reunirse para que esa medida se lleve a cabo; y créame el Sr. Borguella, si se accede a que continúe el presidio de Badajoz no habrá razón para no acceder a la petición de Madrid, a quien se le quita el presidio de Alcalá, a la de la Coruña y a todas las demás capitales que tenían presidio y que ahora por virtud de esta medida se van a quedar sin él.



VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL